Ayudas del Ministerio de Cultura a la danza y la creación interdisciplinar 2026: giras, festivales, salas y residencias
DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA · ficha oficial (BDNS 894817) · bases reguladoras
El Ministerio de Cultura reparte 3,55 millones en 7 modalidades de danza y creación interdisciplinar. Ayudas de hasta 225.000 € para giras, festivales, salas, circuitos y residencias.
Para quién es
Pueden pedirlas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en la UE o el Espacio Económico Europeo (fuera los residentes en paraísos fiscales). En concreto: empresas privadas (sociedades con ánimo de lucro, cooperativas y autónomos dados de alta en el RETA en la fecha de la solicitud) solo en las modalidades 1, 3, 4, 6 y 7; entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones) solo en las modalidades 1, 2, 3, 5, 6 y 7; y Comunidades Autónomas y Entidades Locales solo en la modalidad 3 (festivales, muestras, certámenes y congresos). No pueden pedirla quien tenga prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, ni entidades sancionadas por discriminación por razón de sexo, que incumplan la legislación de igualdad o que cometan o promuevan actos discriminatorios contra personas LGTBI. En la modalidad 1 (giras por España) quedan excluidas las instituciones y entidades públicas.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 3.555.922 € para 2026, con hasta 500.000 € adicionales posibles sin nueva convocatoria (la ficha BDNS cita 4.055.922 € sumando ese importe). Topes por modalidad: giras por España 65.000 €; entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal 75.000 €; festivales, muestras, certámenes y congresos 80.000 € (140.000 € si son mayoritariamente de flamenco); espacios escénicos privados con programación estable 80.000 € (por cada ejercicio en la variante bienal); circuitos de redes 225.000 €; residencias artísticas 25.000 €; internacionalización 65.000 € en giras internacionales, 80.000 € en festivales, muestras y congresos en el exterior y 140.000 € si el festival exterior es mayoritariamente flamenco. La ayuda no puede superar el 65% del coste total del proyecto, ampliable al 80% en la modalidad 5 y en la 2 cuando la entidad esté integrada por asociaciones. El porcentaje concedido depende de la nota: de 85 a 100 puntos, entre el 81% y el 100% de lo pedido; de 70 a 84, entre el 61% y menos del 81%; de 50 a 69, entre el 40% y menos del 61%. Si tienes domicilio social en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla y el proyecto implica comunicación con la Península, la ayuda puede subir hasta un 25% adicional; y hasta un 15% adicional por traducción, sobretitulación o equipos de accesibilidad. Nunca se puede superar el 100% del coste del proyecto.
Plazo
El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. La convocatoria se firmó el 18 de marzo de 2026 y hubo una corrección de errores de 15 de abril de 2026, pero el texto facilitado no indica la fecha exacta de publicación en el BOE, así que las fechas concretas de inicio y fin no constan. A fecha de hoy (septiembre de 2026) lo más probable es que el plazo ya esté cerrado: conviene comprobarlo en la web del Ministerio de Cultura.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúa cada proyecto sobre 100 puntos por una Comisión de Valoración (interés cultural y propuesta artística hasta 25; perfil y alcance hasta 25; repercusión social hasta 10; presupuesto y viabilidad hasta 25; trayectoria hasta 15, más hasta 5 puntos extra por impacto en territorios afectados por la DANA). Hay que sacar al menos 50 puntos en total y 10 en el criterio de interés cultural. Después se ordenan las solicitudes por puntuación dentro de cada aplicación presupuestaria y se conceden hasta agotar el crédito; los que quedan por debajo de la nota de corte con 50 o más puntos pasan a suplentes. Los empates se resuelven por la nota del criterio 1 y, después, por los criterios 2, 4, 5 y 3.
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/), con los formularios disponibles en https://www.cultura.gob.es/cultura/artesescenicas/sc/ayudas-subvenciones.html. Las personas jurídicas están obligadas a la vía electrónica; los autónomos en el RETA también la tienen como cauce preferente, aunque pueden usar otro medio de los previstos en la Ley 39/2015. Si no resides en España, debes contactar con la Subdirección General de Danza y Creación Interdisciplinar para obtener los formularios. Las notificaciones y la resolución se publican en la web del Ministerio de Cultura, no te llegan por carta.
Qué te piden
- Una solicitud por cada proyecto, en formato electrónico y en castellano, con todos los campos cumplimentados (lo que no rellenes no se valora)
- Máximo 2 solicitudes por modalidad y 4 en total por solicitante
- DNI, pasaporte o documento equivalente del solicitante o de su representante, si no autorizas la verificación de identidad
- Tarjeta del NIF de la persona jurídica, salvo que autorices su verificación electrónica
- Escrituras de constitución y estatutos registrados y acreditación de la representación de quien firma (no hace falta si la sociedad está en el Registro Mercantil); debe quedar clara la relación entre el objeto social y el proyecto
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social a efectos de subvenciones (válidos 6 meses), salvo que autorices que los pidan de oficio
- Si eres empresario individual: certificado de alta en el IAE (epígrafe del grupo 965 o similares) y certificado de Seguridad Social del RETA (más el del Régimen General si tienes personal)
- Sociedades civiles y comunidades de bienes: certificados tributarios y de RETA de la entidad y de cada uno de sus miembros
- Certificado de residencia fiscal si no resides fiscalmente en España
- Currículum (persona física) o memoria de actividades (persona jurídica) en el campo coreográfico o interdisciplinar: máximo 3 páginas y 1.200 palabras
- Formulario de proyecto normalizado con contenido, fechas, lugares, programas y estructura de producción
- Memoria del proyecto de máximo 12 páginas y 4.800 palabras, referida a los criterios de valoración
- Formulario de presupuesto normalizado y presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos de la entidad solicitante
- Declaraciones responsables de no estar incurso en prohibiciones y de cumplir los requisitos de igualdad y no discriminación
- Requisitos mínimos propios de cada modalidad (por ejemplo, 5 funciones fuera de tu comunidad y en al menos 2 comunidades distintas en giras; 5ª edición como mínimo en festivales; un tercio de la programación dedicado a danza en salas; 6 espacios de 3 comunidades en circuitos)
- Si te proponen beneficiario o suplente: certificado bancario de titularidad de cuenta
Ojo con esto
- Los documentos del proyecto (currículum, formulario, memoria y presupuesto) NO se pueden subsanar ni mejorar después del plazo: solo se corrigen errores materiales o aritméticos. Presentar un documento en blanco no cuenta como error corregible.
- Máximo 2 solicitudes por modalidad y 4 en toda la convocatoria: si presentas más, solo valen las últimas que respeten ese reparto.
- No puedes presentar dos solicitudes distintas para el mismo proyecto, ni siquiera si coinciden solo en parte.
- Es incompatible con subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura o sus organismos para el mismo proyecto y ejercicio.
- Las funciones concretas acogidas a PLATEA o a 'Danza a escena', y las actividades incluidas en convenios del Ministerio o el INAEM, no pueden subvencionarse por aquí.
- La actividad debe ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (hasta el 31 de diciembre de 2027 solo en la variante bienal de la modalidad 4).
- Si gastas menos de lo presupuestado, te reclaman el reintegro proporcional: hay topes de reducción del presupuesto según el porcentaje concedido (5%, 15% o 25%).
- El total de ayudas e ingresos (incluida taquilla y cachés) no puede superar el coste de la actividad; si lo supera, hay que devolver el exceso con intereses.
- Si la ayuda es de 60.000 € o más, la justificación exige obligatoriamente informe de auditor de cuentas.
- Las cuotas de autónomos solo son gasto subvencionable si el beneficiario es persona física, nunca las de los socios de una entidad jurídica.
- Obligatorio incluir el logotipo del Ministerio de Cultura en la difusión y acreditarlo en la justificación; hay inspecciones aleatorias.
- En la modalidad 3 no se puede cobrar también en la modalidad 4 si el festival se desarrolla mayoritariamente en el mismo espacio.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo llegar a recibir para una gira de danza por España?
Hasta 65.000 € y, como máximo, el 65% del coste total del proyecto. El porcentaje concreto depende de tu puntuación: con 85-100 puntos te pueden dar entre el 81% y el 100% de lo solicitado; con 70-84 puntos entre el 61% y menos del 81%; y con 50-69 puntos entre el 40% y menos del 61%.
Soy autónomo, ¿puedo pedir estas ayudas?
Sí, si estás inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la fecha de presentación de la solicitud: cuentas como 'empresa privada' y puedes optar a las modalidades 1, 3, 4, 6 y 7. Te pedirán además certificado de alta en el IAE (epígrafe del grupo 965 o similares) y certificado de la Seguridad Social del RETA.
¿Cuántas funciones mínimas necesito para la ayuda a giras por España?
Un mínimo de 5 funciones fuera de la comunidad autónoma donde la compañía tenga su lugar efectivo de trabajo, repartidas en al menos 2 comunidades distintas de la propia. Si la compañía está en Baleares, Canarias, Ceuta, Melilla o en localidades afectadas por la DANA, bastan 4 funciones en al menos una comunidad distinta. Todas las funciones deben ser remuneradas, salvo las promocionales en ferias profesionales nacionales.
¿Son compatibles con otras subvenciones?
Sí, con carácter general son compatibles con otras fuentes de financiación, pero no con subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura u organismos dependientes para el mismo proyecto y ejercicio. Tampoco puedes cobrarla por funciones ya acogidas a PLATEA o 'Danza a escena'. Y la suma de todos los ingresos y ayudas no puede superar el coste de la actividad.
¿Cuándo me pagan y cuándo tengo que justificar?
El pago se hace efectivo a partir de la fecha de la resolución de concesión y sin necesidad de avales, siempre que estés al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. La resolución debe dictarse y notificarse en un máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. La justificación se presenta hasta el 31 de marzo de 2027 (hasta el 31 de marzo de 2028 en la variante bienal de la modalidad 4, con una memoria intermedia antes del 31 de marzo de 2027).
¿Qué puntuación mínima necesito para que me la den?
Al menos 50 puntos sobre 100 en el total y como mínimo 10 puntos en el criterio 1 (interés cultural y propuesta artística). Aun con 50 puntos puedes quedarte como suplente si el crédito se agota con proyectos mejor puntuados.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se pueden dar las fechas concretas de inicio y fin del plazo de 15 días hábiles. El texto está recortado en la modalidad 5 (circuitos), por lo que no se han podido comprobar todos sus requisitos, ni los detalles completos de la modalidad 6 (residencias artísticas) ni de la 7 (internacionalización y giras en el extranjero), más allá de sus importes máximos. Tampoco se reproduce la tabla completa de tramos de financiación ni el listado de gastos de esas modalidades.
Título oficial: Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la danza y la creación interdisciplinar, correspondientes al año 2026.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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