Ayudas del Ministerio de Cultura a giras nacionales e internacionales de teatro y circo 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA · ficha oficial (BDNS 894864) · bases reguladoras
El Ministerio de Cultura reparte 5 millones de euros entre compañías privadas de teatro y circo que hagan gira por España o el extranjero en 2026. Hasta 80.000 € por proyecto.
Para quién es
Pueden pedirla empresas privadas del sector escénico: personas jurídicas con ánimo de lucro españolas, de la UE o del Espacio Económico Europeo con residencia fiscal en España y ya constituidas cuando acabe el plazo; y personas físicas dadas de alta en el RETA (autónomos) en la fecha de la solicitud. Tienes que dedicarte de forma profesional y habitual a producir y exhibir montajes de teatro o de circo. En la modalidad 1c (coproducciones interautonómicas) también valen agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas. NO pueden pedirla las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos, ni las entidades sin ánimo de lucro. Tampoco quienes estén en alguna prohibición del art. 13 de la Ley General de Subvenciones ni quienes hayan sido sancionados por discriminación o vulneración de la igualdad, o cometan actos contra personas LGTBI.
Cuánto te dan
Hay 5.000.000 € en total: 3.800.000 € para giras nacionales (modalidades 1a, 1b y 1c) y 1.200.000 € para giras y producciones en el extranjero (2a, 2b y 2c). Se reservan como mínimo 530.000 € para giras de teatro y circo para infancia y juventud y 370.000 € para teatro y circo de calle. Puede ampliarse con hasta 500.000 € adicionales sin nueva convocatoria. Por proyecto, el máximo es 80.000 € y nunca más del 65 % del coste total del proyecto (si pides más, te inadmiten la solicitud). El porcentaje que te dan depende de la nota: 85-100 puntos, entre el 81 % y el 100 % de lo pedido; 70-84 puntos, entre el 61 % y menos del 80 %; 50-69 puntos, entre el 40 % y menos del 60 %. Extras: si tienes domicilio social en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla y haces giras nacionales, pueden subirte hasta un 25 % más por gastos de extrapeninsularidad; y si incluyes accesibilidad universal o difusión plurilingüe, hasta un 15 % más. En ningún caso se supera el 100 % del coste.
Plazo
15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La convocatoria es de 20 de marzo de 2026 y el texto no indica la fecha exacta de publicación del extracto, así que a fecha de hoy (septiembre de 2026) el plazo con toda probabilidad ya está cerrado. Las actividades deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y justificarse antes del 31 de marzo de 2027.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúa cada proyecto sobre 100 puntos (interés cultural 25, perfil y alcance 25, repercusión social 10, presupuesto y viabilidad 25, trayectoria 15, más hasta 5 puntos extra por impacto en zonas afectadas por la DANA). Necesitas mínimo 50 puntos totales y al menos 10 en el criterio de interés cultural. Se ordenan de mayor a menor por aplicación presupuestaria y se reparte hasta agotar el crédito; los cinco siguientes con 50 o más puntos quedan como suplentes. Valoran dos comisiones (una de teatro y otra de circo) con expertos y tres representantes de las comunidades autónomas.
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/), con los formularios normalizados disponibles en https://www.cultura.gob.es/cultura/artesescenicas/sc/ayudas-subvenciones.html. Todo se rellena en castellano y con certificado o sistema de identificación admitido. Las personas jurídicas están obligadas a la vía telemática; los autónomos pueden usar otro medio, aunque el electrónico es el preferente. Quien no resida en España debe contactar con la Subdirección General de Teatro y Circo. Las notificaciones y la resolución se publican en la web del Ministerio, no por carta.
Qué te piden
- Ser empresa privada o autónomo en RETA dedicado profesionalmente a producir y exhibir teatro o circo
- Memoria de la entidad o persona solicitante: máximo 3 páginas y 1.200 palabras
- Formulario de proyecto normalizado (uno por espectáculo, según modalidad)
- Dossier del proyecto de redacción libre: máximo 15 páginas y 6.000 palabras
- Formulario de presupuesto normalizado (uno solo por proyecto de gira)
- DNI/NIF o autorización para su verificación; escrituras y estatutos si eres persona jurídica
- Declaraciones responsables: no estar incurso en prohibiciones, cumplir requisitos de igualdad y no usar animales silvestres en el proyecto
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (o autorizar su consulta) y certificado de titularidad bancaria, si te proponen como beneficiario o suplente
- Autorización del autor de la obra para cada representación, o declaración de que no genera derechos de autor
- En giras al extranjero (2a y 2b): acreditar contratación o invitación formal
- Gira nacional (1a y 1b): entre 6 y 15 funciones por espectáculo, todas fuera de tu comunidad y en al menos dos comunidades distintas a la tuya (régimen especial: mínimo 4 funciones si es en lengua cooficial distinta del castellano o si vienes de Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla)
- Coproducciones interautonómicas (1c): mínimo 3 productoras de 3 comunidades distintas (2 si son teatro de calle o circo, o si todas son de Baleares/Canarias/Ceuta/Melilla), aportación mínima del 20 % de cada socio, tres producciones previas en cinco años y gira de 18 a 30 funciones por al menos 4 comunidades
- Giras al extranjero (2a y 2b): mínimo 2 funciones, todas fuera de España
- Producción en el extranjero (2c): contrato o invitación acreditada, autor español o residente en España desde hace más de 5 años, y estreno en el país de producción
Ojo con esto
- Si pides más de 80.000 € o más del 65 % del coste del proyecto, te inadmiten la solicitud directamente: revisa bien el presupuesto.
- No puedes presentar más de una solicitud por modalidad ni más de dos en total; si mandas más, solo valen las últimas presentadas.
- Las funciones acogidas al programa PLATEA o a convenios del Ministerio/INAEM no pueden financiarse con esta ayuda.
- Es incompatible con subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura para el mismo proyecto y ejercicio.
- La modalidad 1c es incompatible con 1a y 1b para el mismo espectáculo; la 2c lo es con 2a y 2b para las mismas funciones.
- El proyecto, el dossier y el presupuesto no se pueden mejorar después del plazo: solo se corrigen errores materiales o aritméticos. Un documento en blanco no se considera error subsanable.
- Si ejecutas menos de lo presupuestado o recibes exceso de financiación pública, te tocará devolver la parte proporcional con intereses.
- Los gastos indirectos no pueden pasar del 25 % del coste total del proyecto.
- Hay que poner el logotipo del Ministerio de Cultura en el material de difusión; si no, puede haber reintegro.
- Solo se admite pago en metálico en facturas de menos de 1.000 € y no se puede fraccionar pagos a un mismo proveedor para saltarlo.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo recibir como máximo?
80.000 € por proyecto y nunca más del 65 % del coste total. Si estás en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla y haces gira nacional, pueden sumarte hasta un 25 % adicional por extrapeninsularidad, y hasta un 15 % más si incluyes accesibilidad o traducción/sobretitulado.
¿Puedo pedirla siendo autónomo?
Sí. Pueden pedirla las personas físicas inscritas en el RETA en la fecha de la solicitud que se dediquen de forma profesional y habitual a producir y exhibir teatro o circo. Los empresarios individuales deben estar de alta en el IAE (epígrafe del grupo 965).
¿Cuántas funciones necesito para una gira nacional?
Entre 6 y 15 por espectáculo, todas fuera de tu comunidad autónoma y repartidas por al menos dos comunidades distintas a la tuya. Si el espectáculo es solo en una lengua cooficial distinta del castellano o vienes de Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla, el mínimo baja a 4 funciones.
¿Cuándo cobro y cuándo tengo que justificar?
El pago se hace a partir de la resolución de concesión, sin necesidad de avales, siempre que estés al corriente con Hacienda y Seguridad Social. La actividad se ejecuta entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y tienes hasta el 31 de marzo de 2027 para justificar.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con otras fuentes de financiación, pero sumando todo (incluidos taquilla y cachés) no puedes superar el coste de la actividad. No es compatible con subvenciones nominativas o directas del Ministerio de Cultura para el mismo proyecto, ni con funciones ya cubiertas por PLATEA o por convenios del Ministerio o el INAEM.
¿Cuánto tardan en resolver?
La resolución debe dictarse y notificarse en un máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria, y se publica en la web del Ministerio de Cultura.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOE, así que no se puede fijar el día concreto de apertura y cierre del plazo. El segundo documento (corrección de errores de 15 de abril de 2026) está recortado: solo se ve que se elimina la mención a que no son ayudas de Estado y que se modifica el apartado noveno.5.b), pero no el contenido completo de esa corrección.
Título oficial: Resolución de 20 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a giras nacionales e internacionales de teatro y circo, correspondientes al año 2026.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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