Ayudas del Ministerio de Agricultura a programas de formación para profesionales del medio rural 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA · ficha oficial (BDNS 895682) · bases reguladoras
El Ministerio de Agricultura reparte 1.979.800 € entre entidades que organicen cursos y jornadas para profesionales del medio rural en varias comunidades autónomas.
Para quién es
No es una ayuda para un autónomo o una empresa a título individual: la piden entidades que organizan la formación. Según las bases (RD 347/2019), pueden solicitarla tres grupos: Grupo A, organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito estatal; Grupo B, organizaciones de mujeres rurales de ámbito estatal; y Grupo C, entidades, organizaciones o personas jurídicas sin ánimo de lucro directamente relacionadas con los sectores agrario, ganadero, agroalimentario o forestal. Quedan fuera las entidades cuya única relación con esos sectores sea la formación (así lo tienes que declarar en el Anexo III y VII). Las entidades del Grupo C deben estar constituidas al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria. Los beneficiarios finales de los cursos son los profesionales del medio rural, que reciben la formación abaratada.
Cuánto te dan
El presupuesto total de la convocatoria 2026 es de 1.979.800 €. No se paga por factura, sino por módulos (euros por alumno y hora): 6 €/alumno y hora en cursos de usuario profesional de fitosanitarios, bienestar animal e incorporación a la empresa agraria; 8 €/alumno y hora en cursos de nuevas tecnologías aplicadas (excepcionalmente hasta 16 €/alumno y hora si se justifica con tres presupuestos); resto de cursos, 7 € por alumno hasta 39 horas y 5 €/alumno y hora a partir de 39 horas. Jornadas regionales (mínimo 20 asistentes): 7 €/asistente y hora, con tope de 1.500 € por jornada. Jornadas plurirregionales (mínimo 30 asistentes): 15 €/asistente y hora, con tope de 4.000 € por jornada. En aula virtual se aplica un coeficiente de 0,8 y con visita técnica un 1,2. Ninguna actividad formativa puede superar 15.000 € de subvención, y nunca se cobra más de lo solicitado.
Plazo
Las solicitudes se presentan en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La convocatoria se firmó el 26 de marzo de 2026, pero el texto no indica la fecha exacta de publicación del extracto, así que la fecha de cierre concreta no consta; con toda probabilidad el plazo ya está cerrado a día de hoy. Las actividades formativas deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 1 de noviembre de 2026, salvo si pides anticipo del 100% de la ayuda, en cuyo caso puedes llegar hasta el 31 de diciembre de 2026.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se valoran todos los programas presentados y se reparte el presupuesto según la puntuación. Una comisión de valoración puntúa cada solicitud con los criterios del Anexo III del RD 347/2019. Los programas que no lleguen a 50 puntos no reciben nada. Solo se valora la información aportada en la fase de admisión: no se admiten mejoras voluntarias, aunque sí pueden pedirte aclaraciones. Hay resolución provisional (con plazo de alegaciones y opción de reformular el programa para ajustarlo a lo concedido) y después resolución definitiva.
Cómo se pide
Con el modelo de solicitud del Anexo I, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://sede.mapa.gob.es), dirigida a la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación. Los anexos II a VII y los modelos de justificación también están en la sede. La gestión posterior de cursos y alumnos se hace en la aplicación PLURIREG (https://servicio.mapa.gob.es/plurireg) y las comunicaciones de inicio se envían también a pluri@mapa.es.
Qué te piden
- Presentar un único proyecto por entidad, con el programa formativo a realizar en 2026 (Anexo I de solicitud).
- Copia de los estatutos vigentes y relación de los miembros de los órganos directivos y de dirección.
- Programa de Formación con el contenido de los Anexos II, III, IV y V (descripción, justificación, destinatarios, plan de difusión, capacidad técnica y memorias de cada actividad).
- Relación de actividades del programa en Excel (Anexo IV): denominación, objetivo, tipo, modalidad, trimestre, CCAA y provincia, duración, alumnos estimados e importe máximo estimado.
- Ficha resumen del programa para su valoración (Anexo VI).
- Declaración responsable de capacidad técnica y de que la formación no es tu única actividad (Anexo III).
- Declaración responsable sobre otras ayudas para el mismo fin, no estar incurso en prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 y no ser deudor por reintegro (Anexo VII).
- Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (puedes autorizar la consulta o aportar los certificados).
- Durante la ejecución: comunicar el inicio de cada actividad con 10 días naturales de antelación (Anexo VIII) a la Delegación del Gobierno y a la División de Formación Agroalimentaria, y grabar actividad y alumnos en la aplicación PLURIREG antes del día hábil previo.
- Para justificar: memoria final por actividad con partes de asistencia, CV de docentes, cuestionarios de evaluación, fotografías del cartel y de los asistentes, y pruebas de difusión por al menos tres vías distintas.
Ojo con esto
- Si el programa no alcanza 50 puntos, no cobras nada, por muy bien planteado que esté.
- Si el grado de ejecución del programa no llega al 60% de la ayuda concedida, no percibes la subvención. Y hay fórmulas de penalización si ejecutas por debajo de lo previsto o te desvías más de 10 o 20 puntos de la puntuación inicial.
- Las actividades que no estén cerradas en la aplicación el día de comienzo no son subvencionables: el control se hace con verificación por SMS a los alumnos.
- Solo cuentan los alumnos comunicados y verificados; si un alumno hace dos cursos con la misma denominación, solo cuenta en uno.
- Las jornadas de información y orientación tienen límites estrictos: máximo 4 jornadas o el 15% de las actividades (10% para entidades del Grupo A), y como mucho el 15% del presupuesto (10% para el Grupo A).
- Si pides anticipo, normalmente tienes que constituir garantía en la Caja General de Depósitos por el 110% de lo anticipado, en el plazo de un mes desde la resolución definitiva.
- Debes certificar que no has recibido otras subvenciones que financien las mismas actividades formativas.
- Los cambios en el programa no pueden afectar a más del 40% de las actuaciones y hay que comunicarlos (y en su caso autorizarlos) con al menos 10 días de antelación.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Puedo pedir esta ayuda como autónomo agrario?
No. La solicitan entidades: organizaciones profesionales agrarias estatales, organizaciones de mujeres rurales estatales y entidades sin ánimo de lucro ligadas a los sectores agrario, ganadero, agroalimentario o forestal. Como profesional del medio rural, tú eres el destinatario de los cursos, no el solicitante.
¿Cuánto se cobra por cada curso?
Se paga por módulos: entre 5 y 8 € por alumno y hora según el tipo de curso (hasta 16 €/alumno y hora en casos excepcionales de nuevas tecnologías muy especializadas), con coeficiente 0,8 en aula virtual y 1,2 si hay visita técnica. Ninguna actividad puede superar 15.000 € de subvención.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La convocatoria no indica la fecha exacta de esa publicación, así que la fecha límite concreta no consta en el texto.
¿Cuándo pagan?
Puedes pedir un anticipo de hasta el 100% en el mes siguiente a la publicación de la resolución definitiva, aportando garantía del 110% (salvo si estás exento). Si no, se paga tras justificar: las actividades se justifican antes del último día del mes siguiente a su fin y, como tarde, el 19 de noviembre de 2026 (o el 19 de enero de 2027 si pediste anticipo total).
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver y publicar es de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. Antes hay una resolución provisional con plazo de alegaciones y posibilidad de reformular el programa.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOE ni, por tanto, la fecha exacta de cierre del plazo. El texto de las bases (RD 347/2019) aparece recortado, por lo que no se han podido detallar todos los requisitos de los artículos 2, 3, 4, 5, 9 y el baremo completo del Anexo III ni los importes máximos por actividad de su Anexo I.
Título oficial: Programas plurirregionales de Formación 2026.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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