Ayudas a la artesanía gallega 2026: ferias y comercialización (Xunta, IN201G)
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · ficha oficial (BDNS 911570) · bases reguladoras
La Xunta subvenciona el 80% de lo que gastes en ferias y eventos de artesanía, con topes de 8.000 € por taller. El plazo terminó el 13 de julio de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres titular de un taller artesano (persona física, sociedad o comunidad de bienes) inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia; si eres un taller nuevo, puedes pedir la inscripción hasta el mismo día en que presentes la solicitud. También pueden pedirla los ayuntamientos gallegos y las asociaciones profesionales y empresariales de personas artesanas de Galicia legalmente constituidas en las que al menos el 80% de los talleres asociados (mínimo 10) estén inscritos en ese registro. No entran quienes estén en alguna de las causas de prohibición del artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia, ni las actividades de ferias gastronómicas, turísticas o festivales musicales.
Cuánto te dan
El presupuesto total de la convocatoria es de 265.000 € según el texto de la orden (la ficha de la BDNS recoge 225.000 €), repartido en 180.000 € para talleres, 50.000 € para ayuntamientos y 35.000 € para asociaciones. En todos los casos te cubren el 80% de la inversión subvencionable. Topes: talleres artesanos, hasta 8.000 € en total, con máximo de 3.000 € por feria profesional (inversión mínima 500 € sin IVA, hasta 6 ferias), 850 € por feria no profesional de venta directa (mínimo 400 €, hasta 6), 1.500 € por feria del período navideño 2025/26 (mínimo 400 €, hasta 3) y 850 € por evento de comercialización que organices (mínimo 400 €, hasta 3). Ayuntamientos: hasta 18.000 € en total; 18.000 € para ferias monográficas de un oficio, 8.000 € por feria no monográfica con al menos 80% de talleres inscritos y 3.000 € si llega al 60%. Asociaciones: hasta 25.000 € en total; 10.000, 15.000 o 20.000 € según la feria reúna de 10 a 20, de 21 a 30 o más de 30 talleres (con mínimo 70% inscritos), y de 1.500 a 5.000 € para mantenimiento de la web según el número de asociados inscritos.
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Según la BDNS, el plazo terminó el 13 de julio de 2026, así que a fecha de hoy ya está cerrado. La justificación de los gastos se presenta hasta el 31 de octubre de 2026.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes y se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito, con tres listas separadas (talleres, ayuntamientos y asociaciones). Si el dinero llega para todas las solicitudes válidas, no se baremará. En talleres puntúa participar en ferias profesionales nacionales o extranjeras (3-4 puntos), ejercer en municipio de menos de 5.000 habitantes (2) o de 5.000 a 10.000 (1), medidas de responsabilidad social o contratar con empresas de inserción (1), ser titular menor de 31 años (1) y ser mujer (1). Los empates se rompen por ese orden de criterios y, si persiste, por fecha y hora de presentación.
Cómo se pide
Solo por internet, en la sede electrónica de la Xunta (https://sede.xunta.gal), con el formulario normalizado del procedimiento IN201G. Puedes identificarte con certificado o con Chave365. Si la presentas en papel, te requerirán para que la subsanes electrónicamente y contará la fecha de la subsanación. Todos los trámites posteriores se hacen desde la Carpeta ciudadana. Información en el 881 99 91 78 (Dirección Xeral de Comercio e Consumo) o en centro.artesania@xunta.gal.
Qué te piden
- Solicitud única en el anexo II normalizado (si presentas varias, vale la última)
- Estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia (talleres y, en su caso, asociados)
- Facturas, facturas pro forma o presupuesto detallado del proveedor de cada actuación
- Tres ofertas de distintos proveedores si el gasto supera el umbral del contrato menor, y memoria si no eliges la más ventajosa
- Documento que acredite la representación legal, si actúas por medio de representante
- Talleres: para ferias navideñas 2025/26, la documentación justificativa completa ya con la solicitud (facturas, pagos, certificado de participación y fotos con logos)
- Talleres: factura o pro forma de la feria; para eventos que organices, contrato de alquiler o cesión del espacio
- Asociaciones: estatutos y documento de constitución, certificado con la relación de asociados y sus NIF, y memoria de la web con presupuesto desglosado
- Ayuntamientos: justificante de estar al día en la rendición de cuentas ante el Consello de Contas
- Ayuntamientos y asociaciones: anexo IV por cada feria/evento y croquis del recinto, infraestructuras y campaña publicitaria
- Estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda gallega y Seguridad Social (se consulta de oficio salvo que te opongas)
- Justificación: facturas, justificantes de pago por transferencia (no se admite efectivo), anexo V de contabilidad separada, fotos con los logos y certificado de participación en la feria
Ojo con esto
- Es ayuda de minimis (salvo para ayuntamientos): no puedes superar 300.000 € en tres años sumando todas las ayudas de este tipo
- Es incompatible con cualquier otra ayuda de la misma consellería y sus entes para los mismos conceptos y el mismo beneficiario
- Hay inversión mínima por feria: 500 € sin IVA en ferias profesionales y 400 € en el resto; por debajo no te dan nada
- Solo son subvencionables los gastos hechos entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026, salvo la excepción de las ferias navideñas 2025-2026 y las reservas pagadas en 2025
- Quedan fuera las ferias gastronómicas, turísticas y los festivales musicales
- No entran gastos ya subvencionados a ayuntamientos o asociaciones por esa misma feria, ni ferias con ayuda financiera de la Fundación Pública Artesanía de Galicia
- Si no justificas al menos el 60% de la inversión, pierdes toda la ayuda
- Si no pones la publicidad de la Xunta y de la marca Artesanía de Galicia, pierdes el derecho al cobro total y tienes que devolver lo cobrado
- Si te dan más de 18.000 € y pides anticipo, tienes que constituir aval o seguro de caución por el 110%
- Las notificaciones son solo electrónicas: si no accedes en 10 días naturales, se dan por rechazadas
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me pueden dar si tengo un taller artesano?
El 80% de la inversión sin IVA, con un máximo de 8.000 € en total. Por feria, hasta 3.000 € en ferias profesionales, 850 € en ferias no profesionales de venta directa, 1.500 € en ferias navideñas 2025/26 y 850 € por evento de comercialización que organices.
¿Puedo pedirla si todavía no estoy en el Registro de Artesanía de Galicia?
Sí, si eres un taller nuevo puedes solicitar la inscripción en el Registro General de Artesanía de Galicia hasta el mismo día en que presentes la solicitud de subvención.
¿Qué son los tíckets de impulso a la comercialización?
Son la modalidad que se aplica cuando aún no tienes la documentación de la feria al solicitar: te conceden un importe fijo máximo (500, 1.500 o 3.000 € en ferias profesionales; 400 u 850 € en no profesionales y en eventos propios), con un tícket por feria. Ese importe es el máximo, sea cual sea el coste final.
¿Me pagan antes de hacer la feria?
Los talleres y las asociaciones pueden pedir un anticipo en los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión: el 80% de la ayuda si no supera 18.000 €, más un 10% adicional sobre lo que exceda. Por encima de 18.000 € hay que aportar aval o seguro de caución del 110%.
¿Qué pasa si al final no me admiten en la feria o se cancela?
No se considera incumplimiento la no admisión, la no celebración de la feria ni las causas de fuerza mayor, siempre que lo acredites suficientemente con documentación.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación en el DOG ni, por tanto, el día de inicio del plazo (la BDNS solo recoge el 13/07/2026 como fin). Tampoco se puede aclarar la diferencia entre el presupuesto de 265.000 € que figura en la orden y los 225.000 € que aparecen en la ficha de la BDNS.
Título oficial: Orde do 27 de maio de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión, en réxime de concorrencia competitiva, das subvencións para a promoción da artesanía galega e o fomento da súa comercialización, e se convocan para o ano 2026 (código.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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