Ayudas de la Xunta 2026 para la recría de razas autóctonas de rumiantes amenazadas de Galicia (Cachena, Caldelá, Frieiresa, Limiá, Vianesa, oveja y cabra gallega)
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL · ficha oficial (BDNS 915671) · bases reguladoras
La Consellería do Medio Rural da hasta 350 € por vaca y 60 € por oveja o cabra de razas autóctonas amenazadas, con tope de 15.000 € por titular. Se pide online en la sede de la Xunta.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física o jurídica (autónomo ganadero, sociedad, pyme) titular de una explotación ganadera ubicada en Galicia que, al cerrarse el plazo de solicitud, esté inscrita en el libro genealógico de alguna de estas razas: bovino Cachena, Caldelá, Frieiresa, Limiá o Vianesa, y pequeños rumiantes oveja gallega o cabra gallega. Además tienes que estar al día de las cuotas de la asociación de criadores que lleva el libro genealógico, ser explotación colaboradora del programa de cría y tener la explotación de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Galicia (REGA) a fecha de fin de plazo. NO pueden pedirla las administraciones ni entidades del sector público. Si hay cambio de titularidad durante el plazo, la solicita el nuevo titular.
Cuánto te dan
Como máximo 350 € por animal subvencionable de las razas bovinas del Anexo I y 60 € por animal de oveja gallega o cabra gallega. Hay un tope de 15.000 € por titular (sumando los animales de todas sus explotaciones si tiene varias). El presupuesto total es de 390.000 €: 350.000 € para bovino y 40.000 € para ovino y caprino (esa reparto puede ajustarse según las solicitudes, sin subir el total). Si el crédito no llega para todos, se reparte a prorrata (rateo), así que puedes cobrar menos del máximo. Como es ayuda de minimis agrícola, junto con otras de minimis de los tres años anteriores no puedes pasar de 50.000 €.
Plazo
Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. El texto que tenemos no indica la fecha exacta de publicación en el DOG, por lo que no podemos darte el día concreto de cierre: consúltalo en el DOG o en la sede electrónica. Ten en cuenta que la orden es de 18 de junio de 2026, así que el plazo puede estar ya cerrado.
Cómo se decide
Se tramita en concurrencia no competitiva: no se comparan ni se ordenan las solicitudes, se van atendiendo todas las que cumplan requisitos hasta agotar el crédito de cada especie. Si el dinero no alcanza, se aplica rateo (se reduce proporcionalmente el importe de todos). La resolución se dicta y notifica en un máximo de cinco meses desde el día siguiente a la publicación de la orden; si no te contestan, se entiende denegada por silencio.
Cómo se pide
Solo por internet, con el formulario normalizado (anexo II) de la sede electrónica de la Xunta (https://sede.xunta.gal), procedimiento MR536C. Puedes identificarte con cualquier certificado admitido o con Chave365. Si la presentas en papel, te requerirán para que la presentes electrónicamente y valdrá la fecha de esa subsanación. Los trámites posteriores se hacen en la Carpeta ciudadana, salvo el envío de los datos de genotipado, que va directo a la asociación de criadores. Las notificaciones son solo electrónicas (Notifica.gal).
Qué te piden
- Ser titular de explotación ganadera situada en Galicia (persona física o jurídica; no sector público)
- Explotación inscrita en el libro genealógico de alguna raza del Anexo I a la fecha de fin de plazo de solicitud
- Explotación de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Galicia (REGA) a fecha de fin de plazo
- Estar al corriente de pago de las cuotas de la asociación de criadores que lleva el libro genealógico
- Ser explotación colaboradora del programa de cría y cumplir las obligaciones del libro genealógico
- Comunicar a la asociación las incidencias de todos los animales incluidos en el libro genealógico
- Registrar en el libro genealógico las hembras y machos nacidos en tu explotación
- Solicitud en el anexo II, indicando la raza o razas para las que pides ayuda
- Declarar en el anexo II las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y la Xunta, y no estar en las prohibiciones del art. 10 de la Ley 9/2007
- En vacuno: genotipado y parentesco comprobado por la asociación de criadores, enviando la información a la asociación en un plazo máximo de 3 meses desde la publicación de la orden en el DOG
- Compromiso de mantener los animales en la explotación al menos 12 meses desde el fin del plazo de solicitud
Ojo con esto
- Los animales deben estar presentes en la explotación a 15 de julio de 2026 y tener entre 12 y 24 meses (vacuno) o entre 6 y 18 meses (ovino y caprino), identificados según el RD 787/2023.
- Los animales castrados no son subvencionables porque pierden la condición de reproductores.
- Si el crédito no llega, se prorratea: el importe final por animal puede quedar por debajo de 350 € o 60 €.
- Es ayuda de minimis: tope de 50.000 € en tres años sumando todas las de minimis agrícolas.
- Incompatible con cualquier otra ayuda de otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad y objeto.
- Hay compromiso de permanencia de 12 meses de los animales; solo se exime por fallecimiento o incapacidad de larga duración del beneficiario, catástrofe, accidente, epizootia reconocida, ataques de fauna salvaje (justificando en el mes siguiente) o venta a otra explotación que cumpla los mismos requisitos.
- En vacuno, si no envías el genotipado y parentesco a la asociación en 3 meses desde la publicación, te puedes quedar fuera.
- Declarar datos falsos en la solicitud impide cobrar la ayuda, además de las responsabilidades que correspondan.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me pueden dar por cada animal?
Hasta 350 € por animal de las razas bovinas del Anexo I (Cachena, Caldelá, Frieiresa, Limiá, Vianesa) y hasta 60 € por animal de oveja gallega o cabra gallega, con un máximo de 15.000 € por titular. Si las solicitudes superan el crédito, se reparte a prorrata.
¿Qué animales cuentan para la ayuda?
Los inscritos en el libro genealógico de la raza y presentes en la explotación a 15 de julio de 2026, con edad entre 12 y 24 meses en vacuno y entre 6 y 18 meses en ovino y caprino, e identificados según el Real Decreto 787/2023. Los castrados no valen.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. El texto no indica la fecha de publicación, así que debes comprobar el día exacto de cierre en el DOG o en la sede electrónica.
¿Tengo que justificar la ayuda con facturas después?
No. La orden dice expresamente que no hay plazo de justificación: se comprueba de oficio con los registros y con la certificación de las asociaciones de criadores, y tras validar la solicitud se resuelve y se paga.
¿Puedo cobrar también otra ayuda para lo mismo?
No. Es incompatible con cualquier otra ayuda de otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad y objeto. Además cuenta como minimis: con el resto de minimis de los últimos tres años no puedes pasar de 50.000 €.
Lo que no hemos podido comprobar: La fecha exacta de publicación en el DOG (y por tanto el día de inicio y fin del plazo) no consta en el texto facilitado. Tampoco se detalla el contenido concreto del anexo II ni la fecha prevista de pago. El documento de bases enlazado solo muestra el índice del DOG, sin texto útil adicional. Nota: la BDNS clasifica el procedimiento como concurrencia competitiva, pero la orden establece expresamente concurrencia no competitiva con rateo.
Título oficial: ORDEN de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la recría de las razas autóctonas de rumiantes amenazadas de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR536C)..
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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