Ayudas del IGAPE a la automoción en Galicia 2026: Línea 1 de desarrollo e innovación (IG300J)
INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · ficha oficial (BDNS 919838) · bases reguladoras
El IGAPE subvenciona proyectos de desarrollo experimental e innovación de procesos u organización en empresas de automoción con centro de trabajo en Galicia. Hasta el 60% de los costes y plazo hasta el 30 de septiembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una empresa del sector de la automoción (autónomo con actividad económica, pyme o gran empresa) y tienes un centro de trabajo en Galicia donde vas a desarrollar el proyecto. Se consideran empresas de automoción las que tienen su actividad principal en los CNAE 29 y 30 (salvo los epígrafes 30.1 y 30.2) y también las que, sin estar en esos CNAE, estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia. También pueden ser beneficiarias agrupaciones de empresas, con una empresa líder que hace de interlocutora. Las grandes empresas solo entran en esta Línea 1 si cooperan con pymes: en desarrollo experimental las pymes deben asumir al menos el 10% de los costes subvencionables y en innovación de organización y procesos al menos el 30%, mediante colaboración efectiva; además, las grandes empresas deben constituir agrupación con pymes. NO pueden pedirla las empresas en crisis (art. 2.18 del Reglamento UE 651/2014), las que tengan pendiente una orden de recuperación de ayudas ilegales de la Comisión Europea, las que no estén al día con AEAT, Seguridad Social y Hacienda autonómica en el momento de la resolución, las que incurran en las prohibiciones del art. 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007 y, para ayudas de más de 30.000 €, las que incumplan los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004.
Cuánto te dan
La convocatoria reparte 45.000.000 € en total entre las tres líneas (15.000.000 € para la Línea 1). El porcentaje de ayuda depende del tamaño de tu empresa y del tipo de proyecto: en desarrollo experimental, 45% para pequeña empresa, 35% para mediana y 25% para gran empresa (esta última solo si coopera con pymes que asuman al menos el 10% de los costes); en innovación de organización y procesos, 50% para pequeña y mediana empresa y 15% para gran empresa (solo con colaboración efectiva de pymes que asuman al menos el 30%). En desarrollo experimental puedes sumar un 15% extra si difundes ampliamente los resultados (conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o software gratuito/abierto); si no optas por eso, puede aplicarse el incremento del 5% del art. 25.6.c) del Reglamento. El proyecto debe tener un coste subvencionable mínimo de 100.000 € y la subvención máxima por proyecto es de 10.000.000 €. Son gastos elegibles: personal investigador, técnico y auxiliar dedicado al proyecto (coste hora máximo financiable 65 €), amortización de equipos, instrumental y material (máximo 60% del presupuesto financiable; el material fungible como máximo el 10% con tope de 1.000.000 €), investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes de fuentes externas, y costes indirectos calculados como el 15% de los costes directos de personal. No son subvencionables el IVA recuperable, otros impuestos, tasas ni costes financieros.
Plazo
Está abierto: según los datos publicados, el plazo va del 29 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2026 a las 14:00 horas. Ojo: si el crédito se agota antes, el plazo se cierra antes de esa fecha (se publicará en el Diario Oficial de Galicia). El plazo de ejecución de los proyectos termina el 30 de junio de 2029.
Cómo se decide
Concurrencia NO competitiva: no se comparan proyectos entre sí. Las solicitudes se resuelven por orden de llegada (prelación temporal por fecha y hora de la solicitud completa) hasta que se agote el crédito. Si tu solicitud necesita subsanación, cuenta la fecha y hora en que presentas correctamente toda la documentación. El IGAPE tiene 3 meses desde tu solicitud para resolver y notificar; pasado ese plazo puedes entenderla desestimada por silencio.
Cómo se pide
Todo es electrónico. Primero rellenas el formulario electrónico en https://spiga-sede.igape.es (accesible también desde https://sede.xunta.gal), lo firmas con certificado digital y lo presentas con el anexo I. El código de procedimiento de la Línea 1 es IG300J (Línea 2: IG300K; Línea 3: IG300L). Si presentas en papel, te requerirán que lo hagas electrónicamente y la fecha que cuenta será la de esa subsanación. Los trámites posteriores (subsanaciones, justificación, solicitud de cobro) también se hacen por esa misma aplicación. Las notificaciones llegan solo por vía electrónica a través de Notifica.gal.
Qué te piden
- Ser empresa del sector automoción (CNAE 29 y 30, salvo 30.1 y 30.2, o estar asociada al Clúster de Automoción de Galicia) con centro de trabajo en Galicia donde se ejecute el proyecto
- No haber iniciado el proyecto ni haber incurrido en ningún coste antes de presentar la solicitud (ni pedidos ni contratos u ofertas firmados): si lo has hecho, todo el proyecto se considera no subvencionable
- Formulario electrónico de solicitud (anexo I para la Línea 1) con las declaraciones responsables: no ser empresa en crisis, no haber iniciado la inversión, cumplir plazos de pago, DNSH, contabilidad separada, capacidad financiera, no reubicación, etc.
- Memoria técnica del proyecto: antecedentes de I+D+i, tipología (desarrollo experimental o innovación de organización y procesos), objetivos, plan de trabajo y presupuesto justificado, impacto en la empresa y en la cadena de valor de la automoción gallega, protección de resultados y, si pides el 15% extra, plan de difusión
- Listado completo de costes previstos, cubierto en el formulario
- Tres ofertas de proveedores distintos y no vinculados cuando el gasto sea igual o superior a 15.000 € (servicios o bienes) o 40.000 € (obra), con memoria justificativa si no eliges la más económica
- Si hay personal de nueva contratación imputado, los contratos de trabajo con la dedicación al proyecto
- En proyectos de cooperación (pymes entre sí o gran empresa con pymes), documento de constitución de la agrupación con reparto de presupuesto, representante, compromiso de distribución de la ayuda y anexo IV de autorización
- Escritura y estatutos si la entidad no está inscrita en el Registro Mercantil, y acreditación de la representación si no consta en el REAG
- Para ayudas de más de 30.000 €, acreditación del cumplimiento de plazos de pago a proveedores (certificación propia o informe de auditor, según el tipo de empresa)
- Certificado digital válido en la plataforma @firma para presentar por vía electrónica
Ojo con esto
- No puedes empezar el proyecto ni firmar pedidos, contratos u ofertas antes de presentar la solicitud: se pierde la subvención entera por falta de efecto incentivador (pedir permisos o hacer estudios previos de viabilidad sí está permitido).
- Es por orden de llegada hasta agotar el crédito: cuanto antes presentes la solicitud completa, mejor.
- Coste subvencionable mínimo de 100.000 €. Si al justificar ejecutas menos del 50% de la base aprobada, se considera incumplimiento total y hay que devolverlo todo con intereses.
- Incompatible con otras ayudas que financien los mismos costes; otras ayudas solo caben para costes distintos y sin doble financiación. El IGAPE lo comprueba en la BDNS.
- Las grandes empresas no pueden ir solas en la Línea 1: tienen que cooperar con pymes y constituir agrupación.
- No son subvencionables las máquinas, equipos o instalaciones que usen combustibles fósiles, ni los gastos de apoyo a la reubicación.
- Debes aceptar expresamente la resolución de concesión (DECA) firmándola en la Sala de Firmas de la Xunta en 10 días hábiles; si no, se entiende que renuncias.
- Hay que mantener contabilidad separada o código contable específico (si no, pierdes un 2% de la ayuda) y cumplir las obligaciones de publicidad FEDER (la ausencia total de publicidad puede costar la ayuda completa y no mantenerla un 3%).
- Mantenimiento de la inversión: 3 años desde el último pago (5 años para bienes inscribibles en registro público y para grandes empresas en todo tipo de inversión).
- En los gastos de personal no entran dietas, viajes, becarios, contratos en formación o prácticas, ni el personal administrativo dedicado a tramitar la ayuda; tampoco la consultoría para gestionar la subvención.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar en la Línea 1 del IGAPE de automoción?
Depende del tamaño de tu empresa y del tipo de proyecto. En desarrollo experimental: 45% (pequeña), 35% (mediana) y 25% (gran empresa, solo cooperando con pymes). En innovación de organización y procesos: 50% (pequeña y mediana) y 15% (gran empresa con colaboración efectiva de pymes). En desarrollo experimental puedes sumar un 15% más si difundes ampliamente los resultados. El tope por proyecto son 10.000.000 € de subvención.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 14:00 horas, salvo que el crédito se agote antes, porque las ayudas se conceden por orden de llegada hasta agotarlo.
¿Puedo pedirla si ya he comprado el equipo o firmado el pedido?
No. Si has incurrido en algún coste del proyecto (contrato, oferta firmada o pedido) antes de presentar la solicitud, todo el proyecto se considera no subvencionable. Solo se permiten trabajos preparatorios como permisos, estudios de viabilidad o proyectos técnicos.
¿Cuándo me pagan la ayuda?
La resolución de concesión incluye un pago anticipado del 80% de la subvención, que se tramita de oficio tras aceptar el DECA y se abona en un único pago en el primer cuatrimestre de 2027 (limitado al crédito disponible). El resto se paga después, cuando el IGAPE dé por justificada la ejecución y el pago del proyecto.
¿Qué proyecto mínimo necesito?
El coste subvencionable mínimo es de 100.000 € y el proyecto debe ejecutarse como máximo hasta el 30 de junio de 2029, presentando la justificación y solicitud de cobro en el mes siguiente a la fecha de fin de ejecución fijada en la resolución.
¿Sirve cualquier empresa industrial gallega?
No: tienes que ser del sector automoción, es decir, tener tu actividad principal en los CNAE 29 y 30 (excepto los epígrafes 30.1 y 30.2) o estar asociada a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia, y contar con un centro de trabajo en Galicia donde se desarrolle el proyecto.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto oficial está recortado en las disposiciones específicas de la Línea 3 (IG300L), por lo que no constan aquí sus conceptos subvencionables ni sus intensidades de ayuda. Tampoco se reproducen los anexos (I a VII), incluidas las obligaciones concretas de publicidad FEDER del anexo VII. La fecha exacta de inicio del plazo depende de la publicación en el DOG (el texto dice que empieza el sexto día hábil posterior, a las 9:00); la fecha del 29 de julio de 2026 procede de los datos publicados en la BDNS.
Título oficial: Bases reguladoras automoción 2026, cofinanciadas FEDER, concurrencia no competitiva, línea 1.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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