Ayudas del Igape 2026 para bodegas gallegas: subvención de intereses y comisiones del préstamo para comprar uva (IG408F)
INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · ficha oficial (BDNS 921542) · bases reguladoras
El Igape te paga los intereses y comisiones del préstamo con el que compras la uva de la campaña 2026. Para bodegas gallegas de vino con DOP o IGP, hasta el 16 de diciembre de 2026 o hasta agotar los 2 millones.
Para quién es
Pueden pedirla las empresas con al menos un centro de trabajo en Galicia que sean titulares de bodegas de elaboración de vino (CNAE 1102) acogido a las denominaciones de origen o indicaciones geográficas protegidas vitivinícolas gallegas. Vale tanto si eres persona física como sociedad, y también agrupaciones, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras unidades económicas sin personalidad jurídica que cumplan ese requisito. Se admiten grandes empresas y pymes. NO pueden pedirla: empresas con orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea; empresas en concurso o en situación de insolvencia (o negociando con acreedores, salvo que haya plan de reestructuración eficaz); quienes incurran en las prohibiciones del artículo 10.2 de la Ley 9/2007; y, para ayudas de más de 30.000 €, quienes incumplan los plazos de pago de la Ley de morosidad.
Cuánto te dan
Te subvencionan los gastos financieros del préstamo con el que pagas la uva. Sobre la base subvencionable te dan: hasta un 0,5% por la comisión de apertura y formalización del banco (con el tope de lo que te cobren realmente), hasta un 0,5% por la comisión de apertura o estudio de la SGR, hasta un 1,25% por la comisión de aval anual de la SGR y hasta un 5% como estimación de los intereses del primer año del préstamo. Si el préstamo no lleva aval de SGR, los dos conceptos de la SGR son 0 €. La base subvencionable es la menor de estas dos cifras: la suma de los préstamos formalizados o dispuestos que declares en la solicitud, o el importe total de uva comprada a terceros en la campaña 2026 de DOP/IGP, IVA incluido. El presupuesto total de la convocatoria es de 2.000.000 € (50.000 € en 2026 y 1.950.000 € en 2027), ampliable.
Plazo
Se puede solicitar desde el 5 de agosto de 2026 (según los datos de la BDNS; las bases dicen que el plazo arranca el sexto día hábil tras la publicación en el DOG, a las 9.00 h) hasta el 16 de diciembre de 2026 a las 14.00 h. Ojo: si el crédito se agota antes, el plazo se cierra antes y las solicitudes posteriores se inadmiten. A fecha de hoy el plazo sigue abierto, salvo que ya se haya publicado el agotamiento del crédito.
Cómo se decide
Concurrencia NO competitiva: no compites con nadie. Las solicitudes se resuelven por orden de entrada de las solicitudes completas en el Igape hasta que se acabe el dinero. El Igape tiene 3 meses desde que registra tu solicitud para resolver y notificar; si no contesta, entiéndelo como denegado (silencio negativo).
Cómo se pide
Todo por internet. Primero rellenas el formulario electrónico en https://spiga-sede.igape.es, que te da un código IDE de 40 caracteres. Después presentas la solicitud (Anexo I) firmada con certificado digital válido en @firma, incluyendo obligatoriamente ese IDE. Código de procedimiento: IG408F. Si presentas en papel, te requerirán que lo hagas electrónicamente y contará la fecha de la subsanación. Los trámites posteriores y la justificación también se hacen en esa misma aplicación. Las notificaciones llegan solo por vía electrónica (Notifica.gal / oficina virtual del Igape).
Qué te piden
- Ser titular de una bodega de vino (CNAE 1102) con DOP o IGP vitivinícola gallega y tener al menos un centro de trabajo en Galicia
- Un préstamo formalizado entre el 1 de septiembre y el 30 de diciembre de 2026 (valen también operaciones ya aprobadas pendientes de formalizar al solicitar)
- Que el préstamo se destine a pagar uva comprada a terceros en la campaña 2026 para vinificar en tu propia bodega
- Que los pagos a proveedores de uva sean posteriores a la fecha de formalización del préstamo
- Que los proveedores no estén vinculados ni asociados contigo ni con tus órganos directivos
- Con aval de SGR: préstamo a 3 años con mínimo 6 meses de carencia, interés fijo el primer año como máximo euríbor 12 meses + 2,50%, comisión de formalización máx. 0,5%, amortización anticipada 0%, aval SGR del 100%; comisiones de la SGR máx. 0,5% de apertura/estudio y 1,25% de aval anual
- Sin aval de SGR: préstamo de al menos 1 año con mínimo 6 meses de carencia, interés fijo el primer año máx. euríbor 12 meses + 2,50%, comisión de formalización máx. 0,5% y amortización anticipada 0%
- Comunicación del banco con los datos de la operación (titular, plazo, carencia, calendario de amortización, importe concedido, tipo de interés del primer año, comisión de formalización, fecha de formalización e importe dispuesto)
- Comunicación de la SGR del aval concedido, si lo hay (titular, importe avalado, entidad, vigencia, comisiones y fecha de formalización)
- Declaración responsable del importe total de uva comprada a terceros en la campaña 2026 de DOP/IGP, con IVA
- Si la ayuda supera 30.000 €: acreditar que cumples los plazos de pago de la Ley 3/2004 (certificación propia o de auditor, según el tipo de cuentas)
- Anexo II de comprobación de datos de terceras personas, si procede
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y la Xunta (se comprueba de oficio salvo que te opongas)
Ojo con esto
- Solo se admite UNA solicitud por beneficiario, que debe incluir todas las operaciones de préstamo de la campaña. Si presentas otra, se entiende que renuncias a la anterior.
- Es ayuda de minimis: entre todas las ayudas de minimis no puedes pasar de 300.000 € en los tres años anteriores a la concesión. Si ya los superaste, te la deniegan.
- Si falta el IDE o es erróneo, tienes 10 días hábiles para arreglarlo; si no, se archiva tu solicitud.
- El dinero se reparte por orden de llegada: cuando se agota el crédito, las solicitudes siguientes se inadmiten sin más.
- Solo cuentan los pagos a proveedores de uva hechos DESPUÉS de formalizar el préstamo.
- No puedes comprar la uva a proveedores vinculados o asociados con tu empresa (sí valen las entregas obligatorias de socios a cooperativas según estatutos).
- Si amortizas el préstamo anticipadamente durante el primer año, tendrás que aportar certificación bancaria de intereses pagados y devolver la parte de subvención que sobrepase esos intereses.
- Estás obligado a colocar un cartel A4 (o pantalla equivalente) en la entrada de las instalaciones con el modelo del Anexo IV, y acreditarlo en la justificación.
- Si mejoras las condiciones del préstamo después (carencia extra, rebaja de diferencial...), pueden reducirte la ayuda concedida.
- Es compatible con otras ayudas públicas o privadas, pero nunca superando los límites de intensidad de la UE ni el tope de minimis; debes comunicar al Igape cualquier otra ayuda en cuanto la conozcas.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me puede tocar exactamente?
Depende de tu base subvencionable (la menor entre la suma de tus préstamos y el importe de uva comprada a terceros con IVA). Sobre ella te pagan hasta 0,5% de comisión de formalización del banco, hasta 0,5% de apertura/estudio de la SGR, hasta 1,25% de comisión de aval anual y hasta un 5% por intereses del primer año, siempre con el límite de lo que realmente te hayan cobrado.
¿Necesito aval de una SGR para pedirla?
No es obligatorio: se admiten préstamos sin aval de SGR (mínimo 1 año con 6 meses de carencia). Pero si no llevas aval de SGR, los dos conceptos ligados a la SGR (0,5% de estudio y 1,25% de aval) se subvencionan a 0 €, así que cobrarás menos.
¿Cuándo tengo que haber firmado el préstamo?
El préstamo debe formalizarse entre el 1 de septiembre y el 30 de diciembre de 2026. También valen las operaciones ya aprobadas por el banco y pendientes de formalizar en el momento de presentar la solicitud.
¿Cuándo me pagan la ayuda?
Cuando justifiques. Tienes que presentar la justificación (que es también la solicitud de cobro) dentro del plazo que fije tu resolución de concesión y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2027. Una vez completada la justificación, el Igape paga.
¿Qué pasa si se acaba el presupuesto antes de diciembre?
Se cierra la convocatoria antes de tiempo: se publica el agotamiento del crédito en el DOG y en igape.gal, y las solicitudes presentadas después se inadmiten. Como se resuelve por orden de entrada, conviene no dejarlo para el final.
Lo que no hemos podido comprobar: La fecha exacta de inicio del plazo que consta en la BDNS es el 5 de agosto de 2026; el texto de la resolución solo dice que empieza el sexto día hábil tras su publicación en el DOG. No se detalla el contenido de los anexos I, III y IV más allá de lo transcrito, ni si existe un importe mínimo de préstamo o un tope máximo de ayuda por bodega distinto del límite de minimis.
Título oficial: Bases reguladoras financiación adquisición uva campaña 2026, concurrencia no competitiva, mínimis general.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
Otras ayudas abiertas que te pueden interesar
- Concurso de fotografía de las pedanías de Antequera 2026: premios de hasta 500 € (Ayuntamiento de Antequera)
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA - Ayudas UPM 2026 para viajar a China con el Programa de Inmersión Emprendedora (Xiji China Launchpad) — pymes tecnológicas de Madrid
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID - Ayudas del ICAA a la distribución de cine europeo e iberoamericano 2026 (hasta 150.000 € por película)
INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES - Becas del CIS 2026: 10 becas de formación para posgraduados en investigación social (8.450 € cada una)
CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS