Ayuda por parada temporal de la flota de arrastre del Golfo de Cádiz en Andalucía 2026
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ficha oficial (BDNS 929233) · bases reguladoras
La Junta de Andalucía compensa a armadores y tripulantes de arrastre del Golfo de Cádiz por la parada del 16/09 al 31/10/2026. Se piden los 10 últimos días hábiles de la parada.
Para quién es
Puedes pedirla si eres armador o explotador (persona física, jurídica o agrupación del art. 11.3 de la Ley 38/2003) de un buque de arrastre con puerto base en Andalucía que faena en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, afectado por la parada, registrado como activo en el Registro General de la Flota Pesquera y con al menos 120 días de actividad pesquera en el mar en los dos años civiles anteriores a la solicitud. También puedes pedirla si eres tripulante y has trabajado en el mar al menos 120 días en esos dos años civiles anteriores, a bordo de un buque afectado por la parada. No entran los buques de otras modalidades o caladeros (tienen su propia línea) ni quien esté en alguno de los supuestos de exclusión del artículo 11 del Reglamento (UE) 2021/1139.
Cuánto te dan
Para esta línea concreta (arrastre del Golfo de Cádiz) hay 1.600.000 €: 640.000 € para armadores y 960.000 € para tripulantes. La convocatoria completa (todas las paradas) reparte 8.575.000 €. Se subvencionan 22 días de los 46 del periodo de parada. La ayuda al armador se calcula con el baremo del Anexo III del Real Decreto 1173/2015 vigente al inicio del plazo de solicitudes; el baremo individualizado por buque del Anexo IV solo se aplica al arrastre del Mediterráneo por reducción de esfuerzo (y 50 €/día para sus tripulantes). Para el arrastre del Golfo de Cádiz la orden no publica un importe fijo por día: depende del baremo estatal.
Plazo
La parada va del 16 de septiembre al 31 de octubre de 2026 (46 días, 22 subvencionables). Las solicitudes se presentan en los 10 últimos días hábiles de la parada; si la orden se publicó una vez iniciado o concluido ese plazo, se presentan en los 10 días hábiles siguientes al día siguiente de la publicación. La orden se firmó el 7 de septiembre de 2026 y surte efectos al día siguiente de publicarse el extracto en el BOJA, así que conviene confirmar la fecha exacta de publicación para contar los días.
Cómo se decide
Concurrencia no competitiva: no compites con nadie por puntos. Si cumples los requisitos y hay crédito, te la conceden; si el crédito se agota, puedes quedar fuera y entrar después si hay aumento de crédito, mediante resolución complementaria sin nueva convocatoria.
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, dirigido a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul. El procedimiento de esta línea es el 25066 (juntandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25066.html). Necesitas un sistema de firma electrónica válido; también puedes tramitarla a través de una entidad habilitada del sector pesquero (el listado está en el procedimiento 18340).
Qué te piden
- Ser armador/explotador de buque activo en el Registro General de la Flota Pesquera afectado por la parada, o tripulante enrolado en él
- Acreditar 120 días de actividad o trabajo en el mar en los dos años civiles anteriores a la solicitud
- Formulario de solicitud (Anexo I), marcando la línea de arrastre del Golfo de Cádiz y si pides como armador o como tripulante
- Anexo I-A con el listado de miembros si eres una agrupación sin personalidad jurídica
- Si eres persona jurídica: copia del NIF, escritura de constitución y estatutos con sus modificaciones inscritas
- Si actúas por representante: poder suficiente de representación
- Armadores: justificaciones y comunicaciones de los movimientos del buque en los periodos computables de la parada
- Armadores: justificaciones y comunicaciones del apagado del dispositivo de localización vía satélite (VMS)
- Armadores: comunicación de suspensión de contratos
- Declaración responsable de cumplir requisitos, de otras ayudas solicitadas u obtenidas y de no estar en los supuestos del art. 11 del Reglamento (UE) 2021/1139
- Estar dado de alta en el sistema GIRO para el pago por transferencia a la cuenta preferente
- Tripulantes: si te opones a la consulta de datos, libreta de embarque, certificado de Capitanía Marítima de enroles/desenroles y vida laboral del Régimen Especial del Mar
Ojo con esto
- El plazo es cortísimo: solo los 10 últimos días hábiles de la parada (o 10 días hábiles desde la publicación si ya había empezado o terminado). Si lo pierdes, no hay segunda vuelta.
- No se admite presentación en papel: es exclusivamente electrónica.
- El periodo computable se cuenta por tramos mínimos de 5 días consecutivos; los días de descanso obligatorio dentro de ese tramo sí cuentan.
- Si el primer o último día de parada es inhábil y no puedes entregar o recoger el rol, se hace el siguiente día hábil.
- La cuantía del armador depende del baremo estatal del RD 1173/2015 vigente al inicio del plazo: la orden no publica un euro/día para esta línea.
- Debes declarar otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma finalidad; presentar una nueva solicitud por la misma parada y buque deja sin efecto las anteriores.
- Aunque el crédito parece suficiente, si se agota puedes quedarte sin ayuda hasta que haya ampliación.
- La resolución llega en 3 meses desde tu solicitud; si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio.
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¿Cuántos días me pagan de la parada del arrastre del Golfo de Cádiz?
La parada dura del 16 de septiembre al 31 de octubre de 2026 (46 días), pero los días subvencionables son 22, tanto en esta línea de arrastre del Golfo de Cádiz.
¿Cuánto me dan por día si soy tripulante?
La orden solo fija 50 €/día para los tripulantes de la flota de arrastre del Mediterráneo afectada por reducción de esfuerzo pesquero. Para el arrastre del Golfo de Cádiz la convocatoria no publica el importe diario: se calcula según el artículo 8 de las bases de 2 de septiembre de 2022. El presupuesto de esta línea para tripulantes es de 960.000 €.
¿Cuándo tengo que presentar la solicitud?
En los 10 últimos días hábiles de la parada. Si la orden se publicó cuando el plazo ya había empezado o terminado, tienes 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA.
¿Puedo pedirla si llevo poco tiempo faenando?
No. Te piden al menos 120 días de actividad pesquera en el mar (armadores) o de trabajo en el mar (tripulantes) durante los dos años civiles anteriores a la fecha de la solicitud.
¿Cuándo resuelven y cuándo cobro?
La Dirección General de Pesca resuelve y notifica en un plazo de tres meses desde el día siguiente a la presentación de tu solicitud. Si no hay resolución expresa, se entiende desestimada por silencio. El pago se hace por transferencia a la cuenta preferente que tengas en el sistema GIRO; la convocatoria no detalla la fecha concreta de pago.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto de las bases reguladoras está recortado, así que no se puede detallar el cálculo exacto de la ayuda (artículo 8) ni todas las obligaciones e incompatibilidades. Tampoco consta la fecha exacta de publicación en BOJA, necesaria para saber el día límite real de presentación, ni el importe diario concreto para armadores y tripulantes de arrastre del Golfo de Cádiz.
Título oficial: Orden de 7 de septiembre de 2026, por la que se convoca para 2026 ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad Arrastre del Golfo de Cádiz.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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