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Ayudas 2026 a la acuicultura en humedales de la Red Natura 2000 en Andalucía (compensación por lucro cesante)

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ficha oficial (BDNS 929255) · bases reguladoras

La Junta de Andalucía compensa el lucro cesante de las explotaciones acuícolas en humedales Red Natura 2000: hasta 281 €/ha en extensivo y 400 €/ha en semi-intensivo. Hay 225.000 € y 10 días hábiles para pedirla.

Para quién es

Puedes pedirla si eres persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes y eres titular de la autorización de cultivos acuícolas en Andalucía, siempre que tu explotación esté (total o parcialmente) sometida a restricciones o requisitos de gestión específicos por estar integrada en la Red Natura 2000, y esas restricciones te vengan impuestas por la legislación nacional o por planes de gestión de espacios naturales jurídicamente vinculantes. Tienes que aplicar métodos de cultivo compatibles con esas necesidades medioambientales (Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE) y tener la autorización administrativa de cultivos en la zona donde prestas el servicio medioambiental. En la solicitud se identifica el tamaño de empresa (micro, pequeña o mediana). NO puede pedirla quien esté incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, quien se encuentre en los supuestos de los apartados 1 y 3 del artículo 11 del Reglamento FEMPA, quien tenga deudas en periodo ejecutivo con la Junta de Andalucía, o quien haya sido sancionado con la imposibilidad de obtener ayudas públicas conforme a la Ley 3/2001 de Pesca Marítima, por prácticas laborales discriminatorias o por atentar contra la memoria democrática de Andalucía.

Cuánto te dan

Es una compensación por el lucro cesante, con una intensidad máxima del 100% de ese lucro cesante. Se calcula por beneficiario y se te paga el MENOR de estos dos valores: a) 281 € por cada hectárea en producción que presta el servicio medioambiental en cultivo extensivo, o 400 € por hectárea si es cultivo semi-intensivo; b) el 15% de la facturación por la producción de esas hectáreas afectadas, declarada fiscalmente en el ejercicio anterior a la solicitud. El presupuesto total de la convocatoria 2026 es de 225.000 €, cofinanciados al 70% por el FEMPA y al 30% por la Junta de Andalucía.

Plazo

El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. La orden está firmada el 7 de septiembre de 2026, pero el texto facilitado no indica la fecha concreta de publicación en el BOJA, así que las fechas exactas de apertura y cierre no constan: tienes que comprobarlas en el BOJA o en la ficha del procedimiento 25274.

Cómo se decide

Concurrencia no competitiva: no compites por puntos. Se entiende que todos los solicitantes cumplen la puntuación mínima de los criterios generales, así que basta con cumplir los requisitos. Si el crédito de 225.000 € se agota, se tiene en cuenta el orden de presentación de las solicitudes y quienes queden fuera pasan a ser beneficiarios suplentes; si luego hay más crédito, se puede dictar una resolución complementaria sin nueva convocatoria.

Cómo se pide

Solo de forma electrónica, a través de la Sede electrónica de la Junta de Andalucía, en la ficha del procedimiento 25274 (juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25274.html). Necesitas un sistema de firma electrónica válido. La solicitud se dirige a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul. También puedes tramitarla a través de una entidad habilitada del sector pesquero y acuícola (listado en el procedimiento 18340). Las notificaciones son electrónicas obligatorias.

Qué te piden

Ojo con esto

¿Te encaja a ti esta ayuda?

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo cobrar por hectárea?

281 € por hectárea en producción en cultivo extensivo y 400 € por hectárea en cultivo semi-intensivo. Pero solo cobrarás esa cifra si es menor que el 15% de la facturación de la producción de esas hectáreas declarada fiscalmente en el ejercicio anterior; si el 15% es menor, se te paga ese 15%.

¿Tengo que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social?

No. Por la naturaleza de estas ayudas (compensación por lucro cesante), las bases exoneran expresamente de la obligación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Sí se exige, en cambio, no tener deudas en periodo ejecutivo con la Junta de Andalucía.

¿Es una ayuda por orden de llegada?

Se concede en concurrencia no competitiva, así que no compites por puntuación. Pero si los 225.000 € se agotan, se tiene en cuenta el orden de presentación de las solicitudes y quienes queden fuera pasan a la lista de suplentes por si aumenta el crédito.

¿Cuándo me resuelven y cuándo cobro?

La resolución se dicta y publica en un plazo máximo de seis meses desde que tu solicitud entra en el órgano competente. Si pasan los seis meses sin resolución, puedes entenderla desestimada por silencio. La forma y secuencia del pago se fija en la propia resolución de concesión; el texto disponible no detalla una fecha de pago.

¿La puedo combinar con otras subvenciones?

Sí, es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier administración o ente público o privado, siempre que la suma no supere la intensidad máxima de ayuda del artículo 41 del Reglamento FEMPA. Tienes que declararlas en la solicitud e informar al órgano concedente en cuanto las conozcas.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOJA, por lo que no se pueden dar las fechas exactas de inicio y fin del plazo. El documento de bases está recortado en el artículo 19 (justificación), así que no se han podido comprobar los detalles de justificación, forma de pago y reintegro.

Título oficial: Orden por la que se convocan para el año 2026, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribu.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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